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La Comisión Tercera del Congreso aprobó en primer debate el Proyecto de Ley de Reactivación Económica

COMFACAUCA… AL SERVICIO DEL TRABAJADOR Y SU FAMILA… CON LA NOTICIA DESTACADA DE HOY…

Esta iniciativa legislativa, que ahora continúa su trámite, busca establecer un marco normativo para impulsar la modernización productiva, el fortalecimiento empresarial, el otorgamiento de beneficios tributarios, la acción climática y la racionalización de trámites, todo dentro de un marco de responsabilidad fiscal.

Los promotores de la medida celebraron la aprobación, señalando que busca fortalecer las finanzas públicas ofreciendo alivios para que los deudores se pongan al día sin afectar el bolsillo de los colombianos.

El proyecto de ley se presenta en un contexto de crecimiento económico moderado y una deuda externa creciente, con sectores como el comercio y la industria manufacturera registrando caídas.

Una de las principales secciones de la propuesta se centra en ofrecer beneficios tributarios y alivios fiscales. El proyecto de ley contempla una reducción transitoria de hasta el 80% y hasta el 90% en sanciones e intereses para obligaciones en mora con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en impuestos como renta, IVA, retención en la fuente y UGPP. Estos alivios aplican a obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, parafiscales y otras que estuvieran en mora hasta el 31 de diciembre de 2024.

Específicamente para la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), las sanciones se reducirán al diez por ciento (10%), y la tasa de interés moratoria se liquidará a una tasa diaria equivalente al diez por ciento (10%) de la tasa de interés bancario corriente.

En cuanto a litigios, se faculta a la DIAN para realizar conciliaciones contenciosas administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria. Por ejemplo, en procesos en primera instancia contra liquidaciones oficiales, se podrá conciliar el noventa por ciento (90%) del valor total de las sanciones e intereses, siempre que el demandante pague el cien por ciento (100%) del impuesto en discusión y el diez por ciento (10%) de las sanciones, intereses y actualización.

La iniciativa también incluye beneficios directos para los ciudadanos y sectores específicos:

1. Deudas de Energía: De forma excepcional, la Nación podrá reconocer como deuda pública los saldos adeudados por los usuarios regulados del servicio público de energía eléctrica en los estratos 1, 2 y 3, resultantes de la aplicación de la opción tarifaria regulatoria, para las vigencias 2025, 2026 y 2027. Estos saldos reconocidos no serán cobrados a los usuarios.

2. Multas de Tránsito: Se establece, por una sola vez, un descuento del cincuenta por ciento (50%) del total de la multa y del cien por ciento (100%) de los intereses moratorios para infracciones de tránsito pendientes hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que el infractor asista a un curso sobre normas de tránsito.

3. Vivienda: El Fondo Nacional del Ahorro queda facultado para otorgar líneas de crédito para el mejoramiento de bienes inmuebles sin exigir garantía hipotecaria.

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