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Corte Suprema de Justicia mantuvo la medida de aseguramiento contra el exministro del Interior Luis Fernando Velasco

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia mantuvo la medida de aseguramiento contra el exministro del Interior Luis Fernando Velasco, durante el mandato de Gustavo Petro, al rechazar la solicitud de su defensa para revisar los tiempos de su reclusión.

El exfuncionario buscaba modificar el conteo de los días en prisión para abrir la puerta a una eventual libertad por vencimiento de términos, bajo el argumento de las demoras ajenas a su voluntad en la entrega de pruebas por parte de la Fiscalía General de la Nación.

No obstante, el alto tribunal determinó que los plazos solicitados por los propios abogados para preparar el juicio no se pueden sumar a favor del procesado, según pudo conocer Noticias RCN, que divulgó los documentos.

El alto tribunal decidió mantener en prisión al exministro del Interior, que permanece recluido desde el 18 de diciembre de 2025, cuando fue cobijado con medida de aseguramiento, mientras continúa el proceso penal en su contra.

De esta manera, el sistema judicial mantiene tras las rejas a uno de los principales investigados por el entramado de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), uno de los escándalos de desviación de dineros públicos más grandes del país.

El equipo jurídico de Velasco pretendía revertir los efectos de un auto dictado el 19 de junio, mediante el cual la Corte Suprema les concedió un plazo que va desde el 30 de junio hasta el 12 de agosto de 2026 para terminar de examinar el voluminoso material probatorio del caso.

El punto de discordia radicaba en que ese mes y medio de prórroga fue restado del cómputo legal utilizado para exigir la libertad por tardanzas de la justicia, una medida que los defensores calificaron como injusta para su cliente.

Para sustentar la reclamación, los abogados señalaron que firmaron varias actas de verificación junto a los investigadores de la Fiscalía que demostraban que los archivos entregados estaban incompletos y presentaban fallas técnicas.

Según la defensa, los aplazamientos en las audiencias preparatorias se debieron a errores del ente acusador y no a maniobras para dilatar el juicio, por lo que el tiempo de espera no debía perjudicar la situación carcelaria del exministro.

La Corte Suprema desestimó los argumentos de los defensores y aclaró que la suspensión del reloj de los términos es una consecuencia jurídica automática de haber pedido el aplazamiento de las audiencias.

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