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Brilla anuncia alivio para usuarios de niveles socioeconómicos más sensibles que no puedan pagar su cuota de los meses de Abril y Mayo de 2020

– ESTAMOS CONTIGO, si tienes dificultad en el pago vamos a DIFERIR LAS CUOTAS CORRIENTES HASTA 36 MESES CON 0% DE INTERÉS.

Para los usuarios afectados de los niveles socioeconómicos más sensibles por el aislamiento obligatorio establecido por el Gobierno Nacional y que no puedan pagar las cuotas corriente de los meses de Abril y Mayo de 2020 de su crédito Brilla, se les aplicará de manera directa sin la necesidad de llamar ni de salir de su casa la siguiente medida de alivio, desde el momento que no evidenciemos el pago de la misma:

▪ Para estratos 1 y 2: Diferimos la(s) cuota(s) a 36 meses con 0% de interés

▪ Para estratos 3 y 4: Diferimos la(s) cuota(s) a 24 meses con 0% de interés

– 10% DE DESCUENTO. A los usuarios que vivan en estratos 1 y 2 que hayan realizado, o realicen el pago de la cuota Brilla de los meses de Abril y Mayo de 2020 dentro de las fechas límites de pago, se les otorgará un 10% de descuento aplicable en su próxima factura respectivamente.

Para los usuarios que vivan en los estratos socioeconómicos 1, 2, 3 y 4 que NO puedan cumplir con el pago de la cuota de su crédito Brilla correspondiente a los meses de Abril y Mayo de 2020, se les diferirá sus cuotas vencidas sin ningún trámite adicional, con una tasa de CERO por ciento (0%) de interés bajo las siguientes condiciones. Usuarios que vivan en estratos 1 y 2 se le realizará un diferido de 36 meses y usuarios que vivan en estratos 3 y 4, se les realizará un diferido de 24 meses. Estos valores se verán reflejados a partir de la facturación del mes de Agosto en adelante como un cargo adicional a su cuota corriente.

Para aquellos usuarios de estratos 1 y 2 que SÍ PUEDAN realizar el pago de la cuota de su crédito Brilla de los meses de Abril y Mayo de 2020 dentro de las fechas límites de pago, Brilla les otorgará un 10% DE DESCUENTO el cual se verá reflejado en el valor de su cuota en su próxima factura.

En caso de que el usuario no esté de acuerdo con esta medida de alivio, contará con ocho (08) días hábiles a partir de la fecha límite de pago de su factura para pronunciarse y notificarlo a través de las líneas de atención telefónica gratuita 01 8000 51 1234 o a través de nuestros canales virtuales http://www.ceoesp.com.co y la Aplicación “CEO en tus manos”.

Si esta notificación no se realiza dentro del periodo establecido, se entenderá que el usuario ha aceptado el beneficio y se le diferirá su cuota según las condiciones antes mencionadas. Estas medidas de alivio aplican únicamente para la cuota del crédito Brilla del período indicado en el presente comunicado, y no incluye los conceptos correspondientes al servicio público.

El titular del crédito podrá retractarse o modificar el alivio otorgado en cualquier momento, comunicándose con los teléfonos y canales oficiales mencionados en el presente comunicado. De igual forma, el usuario tiene la posibilidad de realizar prepagos a su obligación en cualquier momento. Para más información sobre los términos y condiciones puede dirigirse a: http://www.ceoesp.com.co

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