En el Índice de Competitividad Fiscal 2026 Colombia ocupó el puesto 37 entre los 38 países miembros de la Ocde
Colombia ocupó el puesto 37 entre los 38 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) en el Índice de Competitividad Fiscal 2026, elaborado por Tax Foundation. El resultado refleja dificultades para estimular la inversión y la forma en que se gravan las utilidades empresariales, el patrimonio y las operaciones internacionales.
El país obtuvo 47,3 puntos sobre 100 y solo superó a Francia. Su ascenso en 2025 no obedeció a una mejora normativa, sino al deterioro de la clasificación francesa. Tras ocupar el último lugar entre 2022 y 2024, Colombia mantuvo en 2026 las reglas evaluadas.
Según el informe, el sistema tributario encarece la inversión y la reinversión, crea barreras para empresas nuevas y pequeñas y puede limitar la productividad y el empleo. Estonia lidera el escalafón. En América Latina, Costa Rica ocupa el puesto 14, México el 21 y Chile el 24.
El índice propone corregir distorsiones, simplificar obligaciones, ampliar las bases gravables y ofrecer estabilidad normativa. También recomienda revisar el gasto público para financiar al Estado sin aumentar las cargas sobre la inversión.
Los puntos bajos
El principal rezago está en los impuestos a las utilidades empresariales, dimensión en la que Colombia ocupa el puesto 37. La tarifa corporativa es del 35 %, la segunda más alta de la Ocde, después de Francia, con 36,1 %, y supera el promedio de 24,2 %. Una tasa elevada reduce las ganancias después de impuestos y resta atractivo a los proyectos.
También influye la velocidad con que las empresas descuentan sus inversiones. Colombia ocupa el puesto 32, pues la deducción de maquinaria y edificios se distribuye durante varios años. Se recupera fiscalmente el 74 % del costo de la maquinaria, frente al 86 % promedio de la Ocde, en edificaciones, el 31 %, frente al 50 %. En intangibles Colombia supera el promedio: 87 %, frente al 78 %.
Las empresas pueden compensar pérdidas con utilidades durante los 12 años siguientes, por encima del promedio de ocho años entre países que limitan el plazo. Sin embargo, 22 miembros de la Ocde no fijan límite. Esta flexibilidad puede favorecer a empresas nuevas.
En impuestos a la propiedad, Colombia ocupa el puesto 37. Combina un impuesto anual al patrimonio neto con gravámenes a herencias y donaciones, transacciones financieras como el 4×1000, transferencias inmobiliarias y emisión de capital. Estas cargas recaen sobre el capital incluso cuando no produce rendimientos. Colombia ocupa el puesto 22 en impuestos recurrentes sobre inmuebles, pero cae al 36 en patrimonio y herencias y al 31 en capital y transacciones.
Otra debilidad está en las reglas fiscales internacionales, dimensión en la que Colombia ocupa el puesto 35. Tiene 16 convenios para evitar la doble imposición, frente a un promedio de 75 en la Ocde y 135 en el Reino Unido. Además, grava los dividendos recibidos de filiales extranjeras, mientras la mayoría de los miembros exonera esas utilidades al llegar a la matriz. Colombia permite la exención mediante un régimen especial de sociedades holding. Las retenciones del 20 % sobre dividendos, intereses y regalías superan los promedios de la organización.
Los puntos destacados
El informe identifica ventajas en la tributación personal. La tarifa máxima del impuesto de renta es del 39 %, por debajo del promedio de la Ocde, de 46,7 %. Los impuestos personales sobre dividendos, del 20 %, y ganancias de capital, del 15 %, también son inferiores a los promedios de 24,7 % y 19,7 %. Colombia ocupa el puesto 15 en esa subcategoría y la tarifa general del IVA está cerca del promedio.
Colombia ocupa el sexto puesto en una subcategoría que evalúa la tarifa máxima del impuesto personal, el umbral para aplicarla y la carga sobre los salarios. Un trabajador con ingreso promedio no paga impuesto de renta, pero la tarifa máxima solo se aplica desde ingresos equivalentes a 51,5 veces el promedio, el umbral más alto de la Ocde. El impuesto personal, por tanto, recae sobre un grupo reducido.
Colombia obtiene el puesto 36 en complejidad tributaria personal. El resultado se relaciona con la clasificación de los aportes a la seguridad social como contribuciones no asignables al empleador o al trabajador en las estadísticas de la Ocde. Aunque la legislación distingue quién paga cada aporte, la forma de reportarlos podría perjudicar la evaluación.
Oportunidades de mejora
La primera vía es reducir las distorsiones que afectan la inversión empresarial, ya sea gravando las utilidades distribuidas como Estonia y Letonia, o permitiendo deducir inmediatamente las inversiones como Lituania desde 2026. La segunda consiste en revisar los gravámenes sobre el capital, especialmente los que se cobran, aunque no existan ganancias.
La tercera es ampliar las bases gravables. Un IVA que cubre menos del 36 % del consumo y un impuesto de renta personal concentrado en pocos contribuyentes limitan el recaudo y aumentan la presión sobre una base estrecha. Reducir excepciones y simplificar reglas ayudaría a distribuir mejor las cargas.
La cuarta ruta es fortalecer la apertura internacional con más convenios para evitar la doble imposición y reglas competitivas para los dividendos del exterior. La quinta es ofrecer estabilidad normativa, pues los cambios frecuentes dificultan las inversiones a largo plazo.
Las reformas deben acompañarse de responsabilidad fiscal y control del gasto. Si este crece sin evaluación, las reducciones de cargas pueden verse anuladas por nuevas medidas de recaudo. El índice propone un presupuesto de base cero para justificar los programas según sus resultados. Ampliar las bases, simplificar el sistema y ordenar el gasto permitiría moderar tarifas y mantener la sostenibilidad fiscal.



