La Corte Constitucional puede declarar inexequible la Reforma Pensional
Fue radicada en la Corte Constitucional una ponencia que solicita declarar inexequible la reforma pensional, argumentando vicios de forma y su aprobación exprés en el último debate en el Congreso.
De acuerdo con el proyecto de fallo del presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la reforma incumplió la doble instancia o aprobación en doble fase, exigida para los proyectos de ley en el Senado y la Cámara de Representantes. Según se argumenta se dejaron de estudiar 500 proposiciones.
La ponencia surge a raíz de la demanda presentada por la senadora Paloma Valencia, quien solicitó declarar inexequible la reforma argumentando que el Congreso violó el principio de consecutividad.
El magistrado Ibáñez había remarcado que “las demandas a la ley pensional, como cualquier otro proceso de constitucionalidad en abstracto, se rigen por los tiempos establecidos en el artículo 242 de la Constitución, en el Decreto Ley 2067 de 1991 y en el Reglamento de la Corte Constitucional. Puedo decir que, de ordinario, la Corte Constitucional dispone de sesenta días para decidir”.
También había explicado que: “Puedo adelantar que una de las demandas ha sido asignada al despacho a mi cargo y que en el menor tiempo posible estaré radicando la respectiva ponencia. Quiero aprovechar esta oportunidad para enviar un mensaje de confianza y tranquilidad a la ciudadanía: las ponencias en la Corte Constitucional se construyen de manera colectiva, teniendo en cuenta los argumentos de la demanda, las intervenciones y la jurisprudencia previa de la Corte”.
De caerse por completo la reforma debería buscar un segundo intento para discutirla en el Congreso de la República, lo que sería un golpe muy duro para el Gobierno, teniendo en cuenta que están pendientes de aprobarse la reforma a la salud, la laboral y no habría mucho tiempo para discutir todo el proyecto de nuevo.
