album-art

Estas son las sanciones que puede recibir Alejandro Montenegro, agresor del jugador Daniel Cataño, fuera de las judiciales

Según menciona la Ley 1445 de 2011, aquella persona que dentro de un espectáculo deportivo, estadio, cancha, tribuna, en el entorno de este, o con ocasión del evento deportivo cometa alguna de las siguientes conductas que se mencionarán posteriormente, incurrirá en multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y prohibición de acudir a escenarios deportivos por un periodo entre seis (6) meses a tres (3) años

  1. Pretenda ingresar, o esté en posesión o tenencia de cualquier tipo de arma de fuego, arma blanca, u objetos peligrosos.
  2. Pretenda ingresar, o esté en posesión o tenencia de cualquier tipo de estupefacientes.
  3. Promueva o cause violencia contra miembros de la fuerza pública, con el fin de evitar que esta ejecute un acto propio del servicio.
  4. Invada el terreno de juego.
  5. No atienda las recomendaciones de los cuerpos de logística en lo que tiene que ver con la ubicación y tránsito de lugares no autorizados para el público
  6. Aparte de esto, en el artículo número 15 de esta misma ley, aquella persona que incite o cometa un acto de agresión física o verbal sobre otra, será sancionado con una multa entre 20 a 100 salarios mínimos vigentes legales y la prohibición de acudir a escenarios deportivos por un periodo entre 3 a 5 años.

Luego de serle imputados los cargos judiciales, Alejandro Montenegro también deberá responder en el ámbito deportivo, siendo la última sanción mencionada la más probable que le sea aplicada por sus actos.

Login

Welcome! Login in to your account

Remember me Lost your password?

Lost Password