Los cambios en el Registro Mercantil
En los últimos días del año pasado el Gobierno Nacional mediante decreto 2260, modificó el esquema de liquidación de la tarifa de registro de la matricula mercantil.
Entre los cambios más significativos se encuentra el del cambio en la tarifa es que también se disminuyó considerablemente el número de rangos, según el valor de activos de las empresas a efectos de matrícula mercantil de persona natural, jurídica y/o entidad sin ánimo de lucro, pasando de 68 rangos a solo dos.
El primero irá de 0 a $224.324.100 y el segundo cuyo valor supere el antes mencionado, según el Gobierno el objetivo principal es impulsar la formalización empresarial y el emprendimiento en todo el país.
Así mismo en este decreto se estipuló que el pago de la matricula mercantil se hará según la unidad de medida de valor tributario UVT, que equivale a $36.000 para matrícula cuyo valor total de activos sea igual o inferior a $ 224.324.100 m/cte y los que pasen de este rango pagarán lo equivalente a 3 UVT (Unidad de Valor Tributario) que corresponde a $ 107.000.
Este cambio de tarifas además de convertirse en un alivio para los empresarios, es una apuesta directa a la formalización empresarial.
La renovación mercantil se debe realizar por ley desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo, según el decreto el gobierno pretende beneficiar a los empresarios y fortalecer la política de Formalización Empresarial.
La nueva información en el momento de la renovación es el número de empleados, ventas anuales por actividad e indicar el género de la persona natural que renueva, en el caso de personas jurídicas debe indicar el porcentaje de participación de mujeres y el número de mujeres que emplea en la empresa.